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PostHeaderIcon RESOLUCIÓN DEJA SIN EFECTO CONVOCATORIA ELECCIONES A CARGOS MUNICIPALES- PRENSA MUNICIPIO DE LUIS BELTRÁN‏

R E S O L U C I O N N° 0 3 4 / 1 1

VISTO:

La convocatoria a elecciones al pueblo de Luis Beltrán, para la renovación de autoridades locales en los cargos de Intendente, Concejales y Miembros del Tribunal de Cuentas; y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución Nº 019/11, se convocó a elecciones municipales para el día 26 de Junio del año 2.011, al Cuerpo Electoral de Luís Beltrán.

Que este Poder Ejecutivo Municipal ha tomado conocimiento, a través del Decreto Nº 246, de fecha 08/04/2011, dictado por el Intendente de la ciudad capitalina de Viedma, que el titular del Poder Ejecutivo Provincial informó a ese Municipio, la puesta a disposición de la estructura necesaria para llevar adelante los comicios en forma conjunta con la renovación de autoridades provinciales.

Que la información dada por el Gobierno Provincial al Municipio mencionado, en cuanto a la posibilidad de realizarse elecciones municipales en forma simultaneas con las provinciales, le significaría al Municipio de Luis Beltrán una ventaja no solo económica, sino hasta de tipo operacional en relación al acto eleccionario en sí. Información aquella que al momento de convocarse a elecciones municipales no se tenía.

Que la Junta Electoral Municipal si bien se encuentra integrada y en funcionamiento, ha puesto en conocimiento ciertas dificultades de nivel técnico para desarrollar en tiempo y forma el acto eleccionario convocado para el día 26/06/2011, tal es así que aún no se ha elaborado el cronograma electoral pertinente, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley 2431. Esto sumado a que aún la Junta Electoral Local no tiene en su poder el padrón de argentinos, el cual debe ser enviado por el Tribunal Electoral Provincial, lo que significa asimismo la imposibilidad de formar el padrón municipal y comunal de ciudadanos argentinos y obtener el mismo de modo definitivo en el plazo requerido por el Código Electoral Provincial.

Que el Poder Ejecutivo Municipal considera indispensable brindar a los ciudadanos de Luis Beltrán un servicio electoral para que puedan cumplir con uno de los mayores principios democráticos, cual es de elegir a las personas que van a gobernar el próximo periodo establecido en la Carta Orgánica Municipal.

Que por las razones expuestas resulta conveniente la postergación de las elecciones municipales, las cuales podrían coincidir con el llamado a comicios en el nivel provincial y/o nacional.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE LUIS BELTRÁN
R E S U E L V E:

Artículo 1º: Dejar sin efecto la convocatoria a elecciones de cargos municipales efectuada por Resolución Nº 019/2011, de fecha 16 de Marzo de 2.011.-

Artículo 2º: Registrar, publicar en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 52º, ultima parte, de la Carta Orgánica para el Pueblo de Luís Beltrán, comunicar al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Luís Beltrán; al Tribunal de Cuentas Municipal; a la Señora Jueza de Paz de esta localidad y al Tribunal Electoral Provincial; dar una amplia difusión por los medios orales y escritos locales y provinciales, tomar conocimiento los organismos internos correspondientes, cumplido, archívese.-

- - - -Dada en la MUNICIPALIDAD DE LUIS BELTRAN, Departamento Avellaneda, Provincia Río Negro, a veintiséis días del mes de abril del año dos mil once.- - - - - -

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